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La RAE define el mecenazgo como la “protección o ayuda dispensadas a una actividad cultural, artística o científica”. Se trata de una colaboración desinteresada por parte del mecenas, que actúa movido por el altruismo y es fruto de su compromiso social.
Hace algunos años, se aprobó en nuestro país una ley por la que- según el Director de Cultura de la época- "Se hizo una especie de matrimonio entre el sector empresarial y el sector artístico de la sociedad". Fue cuando el Ministerio de Educación y Cultura implementó el funcionamiento de los Fondos de Incentivo Cultural.


La norma establecía un mecanismo por el cual las empresas que apoyaran proyectos artísticos podrían deducir luego lo donado de sus impuestos. Tiempo después, el parlamento aprobaba otra ley en el mismo sentido, creando la figura del “Mecenas deportivo”, entendiendo como tales a “las personas físicas o jurídicas que realicen donaciones destinadas a financiar los proyectos promovidos, sin ningún tipo de contraprestación por tal liberalidad…”

Mediante esta ley, los “Mecenas” obtendrían ventajas tributarias siempre que financiaren proyectos promovidos por el Poder Ejecutivo. De esta forma, la Administración otorgaría ciertos beneficios tales como hasta el 75% (setenta y cinco por ciento) del total de las sumas entregadas con destino a financiar los proyectos, convertidas en unidades indexadas a la cotización del último día del mes anterior a la entrega efectiva de las mismas, lo que se imputará como pago a cuenta del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en la Categoría I (Rentas del capital) y al Impuesto al Patrimonio.

Leyes similares existen en distintos países, incluso normas aplicables a ámbitos más limitados tales como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde las empresas que tributan ingresos brutos en la capital argentina pueden obtener el beneficio de desgravar hasta el 80% del total de su aporte al acompañar diversos proyectos culturales.

Por mencionar un ejemplo más, digamos que la Comunitat Valenciana entiende al Mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional a toda contribución privada aportada de forma altruista para la realización de proyectos o actividades culturales, científicas o deportivas no profesionales que hayan sido declarados o que ostenten la consideración de interés social.

Las buenas ideas merecen estudiarse en profundidad. En Salto, todos los partidos políticos podrían comprometerse con estas iniciativas que redundarían en beneficio de la comunidad.

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