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El Dr. Claudio Opazzo, conocido penalista de nuestro medio, considera que se debe estudiar caso a caso,  y entiende que no sería necesario el proyecto de ley de los diputados Dr. Gustavo Zubia y Eduardo Lutz para actuar en allanamientos durante la noche, donde el hogar es una morada, aduciendo que se necesita investigación e información por parte de la Policía para realizar el procedimiento.

En diálogo con LA PRENSA el profesional y docente en derecho dice  “lo presentado por los señores diputados Eduardo Lutz y Gustavo Zubia es un proyecto de ley interpretando el artículo 11 de la Constitución, permitiendo los allanamientos nocturnos, algo que está previsto siguiendo la línea de la reforma de la Luc”.

¿Qué es el hogar?

Sobre la definición de hogar explicó que coincide con la línea de lo que dicen que no es necesario modificar la ley, sino directamente se puede interpretar la ley desde ese punto de vista, sin necesidad de modificar la Constitución, generando una pregunta. ¿Qué es el hogar?,  expresando que el hogar es una morada, y la morada no es una cama que este ahí, o un lugar sin cama.

¿Una carpa en la costa?

Ante nuestra consulta si se puede definir como hogar una carpa a la vera del río, reveló, no necesariamente pero si la gente vive ahí sí, indicando que hay lugares que la gente los conoce o utilizan un lenguaje propio que le llaman “el achique” , es una casa que no tiene sillas ni camas ni nada, describió. ¿Que es lo que hacen ahí? Se auto pregunta, respondiendo “Ahí venden lo que sea “, eso no es un hogar,  refiriéndose que se necesita investigación policial, con las investigaciones necesarias, eso no es considerado hogar, por lo tanto no es necesario orden de allanamiento asevero el profesional.

¿Por que hay que modificar la ley?

Si se investiga y se comprueba que eso es una pantalla, y no es hogar perfectamente se puede allanar, el hecho de que tenga cuatro paredes no significa que sea un hogar, desde ese punto de vista. ¿Por que hay que modificar la ley? pregunta el penalista, afirmando no hay que modificarla hay que investigar e incluso quienes están de acuerdo con la modificación, dicen, que lo que se encuentra por la policía o las autoridades que investigan, expresan que van a una casa y están dividiendo o depositando la mercadería, si se tiene esa información, se puede comunicar al Fiscal el Fiscal pide autorización al Juez ya está.

¿Se puede ingresar a la noche?

LA PRENSA preguntó ¿si se puede ingresar en la noche?  Si no es una casa, si puede, en los comercios se puede ingresar a lugares que no son hogar. En cuanto  si es necesario hacer una interpretación de la constitución sobre hogar, afirmó, no, no es necesario, aduciendo que esa posición la tiene y la mantiene e incluso la ha manifestado públicamente el Dr.  Germán Aller que es Presidente del Instituto de Derecho Penal y Criminología del Uruguay.

Cuestión de interpretación...

Claudio Opazzo dijo que es una cuestión de interpretación, el fiscal para pedir la orden de allanamiento tiene que ingresar de día o de noche con autorización del propietario u orden del Juez si no es una casa, para una boca de pasta base, lugar que consumen o venden, ¿se necesita autorización del Juez? , y consideran que eso es una casa, no es, una boca de pasta base o una boca de venta de drogas no es una casa, expresando “entonces porque nos complicamos”.

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