
Desde el CCIS /
Fin del “Impuesto al Televisor”
Desde el Centro Comercial e Industrial de Salto compartimos con satisfacción el reciente comunicado emitido por la Confederación Empresarial del Uruguay (CEDU) —organismo que nuclea a los Centros Comerciales del Interior—, informando una importante noticia para el sector empresarial: La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha rechazado el pedido de inconstitucionalidad presentado por EGEDA, confirmando así la validez del artículo 331 de la Ley 20.212, aprobada en 2023 a iniciativa del entonces Senador Jorge Gandini.
Este fallo definitivo impide a EGEDA continuar cobrando el denominado “impuesto al televisor”, un canon que afectaba de forma arbitraria a numerosos rubros como hoteles, restaurantes, bares, gimnasios, clínicas, comercios y otros establecimientos por el simple hecho de contar con un televisor visible al público.
Si bien EGEDA mantiene su condición de Asociación Civil reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura (Resolución 734/2007) para la gestión de derechos de los productores audiovisuales en Uruguay, ya no podrá aplicar este cobro de forma indiscriminada como lo venía haciendo.
Este resultado representa un logro significativo para el sector y es fruto de una lucha sostenida a lo largo de varios años, en la que CEDU trabajó de manera articulada con diversas instituciones: CAMBADU, AHRU, ADEBU, CUTA, CAMTUR y la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay.
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