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El Ministerio de Salud Pública respondió el pedido de informes realizado por la diputada Natalia Pigurina sobre la situación del Director Departamental de Salud de Salto, Dr. Luis Rodríguez. La respuesta fue enviada a la Comisión Permanente de la Cámara de Representantes y elaborada por la División Servicios Jurídicos del organismo.

El origen del pedido de informes

El planteo tiene su origen en una nota publicada por el diario La Prensa el 17 de septiembre de 2025, titulada “En Salto también correspondería despejar dudas / ¿Existe un posible conflicto de intereses desde la administración de Salud Pública?”. A partir de esa publicación, la representante nacional,   solicitó información formal para aclarar posibles incompatibilidades en el ejercicio del cargo.

El vínculo con el sector privado

Uno de los puntos centrales del pedido de informes fue conocer cuál es el vínculo laboral del Director Departamental de Salud con una mutualista privada del departamento y si mantiene algún tipo de relación con una Institución de Asistencia Médica Privada de Profesionales, incluyendo si es miembro titular o accionista.

En su respuesta, el Ministerio informó que el Dr. Luis Rodríguez es cooperativista del Centro Médico de Salto, donde se desempeña como neurólogo titular. De esta forma se confirma la existencia de un vínculo laboral con el sector privado.

Sin embargo, desde una lectura periodística, la respuesta no aclara expresamente si el jerarca mantiene o no una relación societaria, ni responde de forma directa si reviste la calidad de accionista o miembro titular de una IAMPP, tal como fue solicitado. La explicación se limita al aspecto laboral y deja puntos relevantes sin precisar.

La compatibilidad del cargo y la ley de presupuesto

En cuanto a la compatibilidad del cargo, el Ministerio señala que con la aprobación del artículo 382 de la Ley N.º 20.446, correspondiente a la Ley de Presupuesto 2025–2029, la incompatibilidad que impedía ocupar el cargo de Director Departamental de Salud fue subsanada. Según el informe, actualmente no existe impedimento legal para el desempeño del cargo en los términos establecidos por la normativa vigente.

Las preguntas que el informe no responde

Aquí surge el núcleo del debate y la principal preocupación. Si la incompatibilidad fue corregida a partir de la aprobación de la ley de presupuesto, corresponde preguntarse qué ocurrió en el período anterior. El informe no señala si existían dictámenes jurídicos que habilitaran el cargo antes de ese cambio legal, ni bajo qué respaldo normativo se ejerció la función durante ese tiempo.

Tampoco se responde qué ocurre con los salarios percibidos mientras la incompatibilidad estaba vigente, ni si corresponde o no la devolución de esos haberes. Este punto resulta central, ya que involucra el uso de recursos públicos y fue uno de los motivos que originaron el pedido de informes.

Presente claro, pasado sin explicar

El informe del Ministerio se enfoca en la situación actual, pero no aborda el pasado, que fue precisamente el que dio lugar a la discusión pública. Desde una mirada periodística, aclarar que hoy no existe impedimento legal no sustituye la necesidad de explicar lo ocurrido antes.

Una respuesta formal, pero incompleta

El Ministerio cumplió con responder de manera formal, pero no contestó todas las preguntas en su totalidad. La información brindada permite entender el escenario actual, pero deja sin respuesta los aspectos más sensibles vinculados a posibles incompatibilidades previas y a los salarios cobrados durante ese período.

Por eso, más allá del informe presentado, la duda sigue abierta y merece una explicación clara, completa y pública, en beneficio de la transparencia y de la confianza.

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