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“Los trasladan y nos alejan de nuestros seres queridos”. Esta frase, que resonó en la portada de La Prensa el pasado sábado, refleja un sentimiento cada vez más común entre familiares de personas privadas de libertad. Detrás de cada decisión administrativa del sistema penitenciario, hay historias de vínculos rotos, dificultades logísticas y vulneraciones a derechos fundamentales. Para conocer más sobre esta realidad, conversamos con la abogada penalista María Florencia Solano, quien brindó claridad sobre los criterios que rigen los traslados carcelarios y sus impactos.

"Existen traslados injustos"

Desde el inicio, Solano fue contundente: “Existen los traslados injustos”. Si bien reconoció que cada caso debe analizarse en particular, subrayó que muchas veces las decisiones no responden solamente a criterios técnicos, sino que arrastran consecuencias sociales y humanas graves.

“Hay una realidad, muchas veces los traslados se dan por la calificación del delito, o porque no hay cárceles de máxima seguridad en ciertos departamentos, como en el caso de Salto”, explicó. Esa carencia de infraestructura obliga al traslado de personas hacia otras localidades, como Montevideo, donde se concentran los centros penitenciarios de mayor seguridad.

Entre la legalidad y el desarraigo

Uno de los ejes más preocupantes que la abogada abordó fue la tensión entre las necesidades del sistema y los derechos de las personas privadas de libertad. “El INR solo debería privar de la libertad, no de otros derechos”, enfatizó Solano. Y añadió: “Hay un derecho a recibir visitas, a mantener el vínculo familiar. A veces eso se ve vulnerado sin que haya una justificación clara.”

La situación se agrava cuando se trata de personas que están en prisión preventiva es decir, que aún no han sido condenadas y que son trasladadas bajo presunción de peligrosidad o falta de espacio. “La preventiva debería ser la última opción, pero se está utilizando como la primera. Eso también condiciona el lugar donde se detiene a la persona.”

Cada traslado, un expediente

Uno de los puntos que más destacó la Dra. Solano fue que “cada caso es distinto”. El sistema carcelario uruguayo cuenta con una Junta de Traslados, organismo que evalúa y decide sobre la pertinencia de los movimientos de internos entre centros penitenciarios.

“Muchas veces, si el traslado se justifica por ejemplo, por calificación del delito, se puede presentar un escrito solicitando el cambio a un centro más cercano al lugar de origen del recluso”, comentó. Sin embargo, aclaró que no es un proceso ágil: “No es algo rápido, pero si la solicitud está bien fundamentada y las condiciones lo permiten, se puede lograr”.

En su experiencia como defensora, Solano afirma que no ha recibido rechazos a sus pedidos de traslado cuando estos cumplen con los criterios legales. No obstante, reconoce que es un trabajo que exige seguimiento constante y conocimiento detallado de la normativa.

El impacto en las familias

Uno de los temas más sensibles que emergió durante la entrevista fue el efecto emocional y logístico que los traslados generan en las familias de los reclusos. “A veces no se considera lo dificultoso que es para una familia ir a visitar a su ser querido cuando está en otra ciudad, o incluso en otro departamento”, sostuvo Solano.

No se trata solo del esfuerzo económico y de tiempo, sino de la pérdida progresiva del vínculo familiar. “El aislamiento no solo afecta a quien está privado de libertad, sino a toda su familia. En especial, a los niños que muchas veces se ven privados del contacto con su padre, madre o hermano.”

¿Dónde procesar a un detenido?

El criterio de jurisdicción también fue analizado en la entrevista. ¿Qué pasa cuando una persona comete un delito en un departamento distinto al de su residencia? ¿Dónde se lleva adelante el proceso judicial?

“Las primeras instancias como la formalización o las audiencias de control de detención se realizan en el lugar donde se cometió el delito. Pero si la persona es de otro departamento, se puede pedir el traslado al lugar de origen, una vez condenada”, explicó Solano.

Esto implica que, en muchos casos, el primer traslado no solo se produce por razones de seguridad, sino por la necesidad operativa del proceso judicial. Aun así, existe margen para solicitar un retorno a la cárcel más cercana al entorno familiar, una vez concluida esa fase.

La cárcel no termina con la sentencia

La Dra. Florencia Solano insistió en un punto clave, la condena judicial implica la pérdida de la libertad, pero no de todos los derechos.

“Hay derechos que se vulneran simplemente por el hecho de estar preso. Y eso es un tema que deberíamos discutir más como sociedad”. Para ella, los traslados mal gestionados son un ejemplo palpable de cómo el sistema puede, inadvertidamente, reforzar la exclusión y el dolor de los sectores más vulnerables.

Una realidad que pide debate

En tiempos donde la discusión pública suele centrarse en la seguridad y el castigo, la entrevista con la Dra. Solano invita a mirar el sistema carcelario desde otra perspectiva: la de los derechos humanos. Detrás de cada recluso, hay una red familiar que también sufre, y un entramado institucional que muchas veces responde más a la saturación que a la justicia.

No se trata de impunidad ni de indulgencia. Se trata de garantizar que la pena no exceda sus límites legales ni humanos. Porque como bien dijo Solano, “La persona está privada de su libertad. No de sus derechos”.

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