La Prensa Hacemos periodismo desde 1888

El Ministerio de Salud Pública trabaja en la reglamentación de la ley de muerte digna, cuya implementación comenzará a regir en abril. El plazo alcanza tanto a prestadores públicos como privados, que deberán contar con protocolos claros y equipos preparados para atender las solicitudes contempladas en la normativa.

La ley, promulgada en octubre de 2025, establece que podrán solicitar la eutanasia personas con enfermedades terminales, incurables e irreversibles, con el objetivo de garantizar el derecho a transitar el proceso de morir de forma digna y conforme a la voluntad individual.

Prestadores obligados a brindar el servicio

La normativa incluye a todas las instituciones que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud, así como los servicios de sanidad policial, sanidad militar y el Hospital de Clínicas. Estas entidades deberán poner a disposición de los usuarios los procedimientos y acompañamiento necesarios para ejercer este derecho. Para ello, cada prestador deberá elaborar protocolos operativos específicos, capacitar equipos profesionales y conformar comisiones evaluadoras que analicen cada caso.

Evaluación rigurosa y voluntad del paciente

La legislación prevé la actuación de una comisión multidisciplinaria encargada de estudiar cada solicitud. Se requerirán informes médicos y psicológicos exhaustivos, asegurando que la decisión sea libre, informada y consciente. Además, la voluntad del paciente será siempre revocable, reafirmando el respeto por la autonomía personal. Con esta reglamentación, el país avanza en un tema sensible que combina aspectos médicos, éticos y humanos vinculados al final de la vida.

Ranking
Recibirás en tu correo electrónico las noticias más destacadas de cada día.

Podría Interesarte