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El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto culminó las actuaciones respecto a un hurto ocurrido en un local comercial, resolviendo la condena de G.G.G. Según lo dispuesto por la Justicia, la persona fue declarada penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, en calidad de autor, y de un delito de hurto especialmente agravado, en calidad de cómplice. La sentencia establece una pena de seis meses de prisión efectiva, con descuento del tiempo de privación de libertad ya cumplido, además de las accesorias legales previstas en el artículo 105 del Código Penal.

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