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Un funcionario policial fue condenado por la Justicia por un delito de abuso de funciones, luego de que el Tribunal de Apelaciones hiciera lugar al recurso presentado por la Fiscalía. El caso fue investigado por la Fiscalía Departamental de Libertad de 2º Turno y tuvo su origen en un procedimiento policial en el que el funcionario intervino ante un joven que realizaba una maniobra conocida como “willy”. Durante el procedimiento, el joven fue detenido y posteriormente se cuestionó la forma en que actuó el funcionario policial. A partir de esa situación se inició una investigación penal para determinar si había existido un abuso de funciones.

HABÍA SIDO ABSUELTO EN PRIMERA INSTANCIA

El caso llegó a juicio oral y, en primera instancia, el Juzgado resolvió absolver al funcionario policial. La Fiscalía no estuvo de acuerdo con esa decisión y presentó un recurso de apelación para que el fallo fuera revisado. El Tribunal de Apelaciones analizó el caso y finalmente decidió revocar parcialmente la sentencia de primera instancia, entendiendo que correspondía responsabilizar penalmente al funcionario. La condena fue por un delito de abuso de funciones en casos no especialmente previstos por la ley, previsto en el artículo 162 del Código Penal.

QUINCE MESES DE PRISIÓN

El Tribunal estableció una pena de 15 meses de prisión, además de dos años de inhabilitación especial y una multa de 20 unidades reajustables. Para determinar la pena, los magistrados tuvieron en cuenta las características del hecho, la importancia del bien jurídico afectado y las normas previstas por el Código Penal. La sentencia también consideró que no correspondía aplicar una agravante relacionada con la condición de funcionario público, porque justamente esa condición forma parte del propio delito por el que fue condenado. Como elemento favorable para el funcionario, se tuvo en cuenta su primariedad absoluta, es decir, que no registraba antecedentes penales. El tiempo que haya cumplido de prisión preventiva será descontado de la pena, además de aplicarse las consecuencias legales correspondientes. El fallo marca así un cambio respecto de la decisión tomada en primera instancia y confirma el planteo realizado por la Fiscalía al recurrir la absolución.

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