Dos controles, dos respuestas distintas
-
Por Pedro Rodríguez
/
moviles@laprensa.com.uy
En Salto, en pocos días, se dieron dos situaciones que dejaron mucho más que multas y controles de tránsito. Dejaron una pregunta que incomoda: ¿se está respetando la privacidad y la dignidad de las personas cuando el Estado actúa? En un primer caso, un ex intendente del Partido Colorado fue inhabilitado para conducir tras dar positivo en un control de alcoholemia. Durante el operativo, una funcionaria grabó el procedimiento, según se explicó, para protegerse. Esa grabación, que debía quedar en reserva, terminó circulando en redes sociales y se viralizó rápidamente.
En el segundo caso, un ex secretario general del Frente Amplio cometió una infracción de tránsito. No hubo resistencia ni delito, solo una falta administrativa. Sin embargo, su nombre, su foto y los resultados del control fueron difundidos casi de inmediato por un medio local.
Ambos hechos tienen algo central en común: no se trató de delitos, sino de faltas administrativas. Aun así, la exposición pública fue fuerte y desmedida, rozando el escrache. Y ahí es donde el debate deja de ser partidario y pasa a ser institucional.
Cuando la ley habla de funcionarios públicos, no hace distinción entre jerárquicos o no jerárquicos. Todos son funcionarios. Todos tienen las mismas obligaciones. Y son ellos, precisamente, quienes saben qué ocurrió en un procedimiento, qué información es sensible y qué debe mantenerse en reserva.
La Ley 19.121, que regula el estatuto del funcionario público de la administración central, es clara. En su artículo 29, numeral 7, establece el deber de proteger la intimidad y evitar la difusión indebida de información que pueda afectar la dignidad de las personas.
Pero esto no se limita al ámbito nacional. El estatuto de la Intendencia de Salto y el de la Junta Departamental dicen exactamente lo mismo. Ambos coinciden en un principio básico: el respeto por la dignidad humana y la reserva de la información no son opcionales, son una obligación funcional.
La reserva no es un favor ni un encubrimiento. Es una garantía. Sirve para proteger a cualquier persona, sea conocida o no, de que sus datos personales, imágenes o situaciones administrativas no sean usados para exponerla públicamente sin respaldo legal.
A esto se suma otro aspecto preocupante: en el mismo departamento se aplicaron dos procedimientos distintos. En un caso se incautó el vehículo. En el otro, se permitió continuar circulando con otro conductor habilitado. En ambos hubo sanción, pero la forma fue diferente. Esta falta de uniformidad genera dudas, confusión e inseguridad jurídica, más aún cuando la ley nacional debe prevalecer sobre las normas departamentales.
Uruguay es un país chico. Acá la confianza en las instituciones lo es todo. Cuando se filtra o se difunde información sensible sin cuidado, esa confianza se daña. Si esto ocurre con ex jerarcas, la pregunta es inevitable: ¿qué puede esperar un ciudadano común cuando le toca pasar por un control?
Es importante decirlo con claridad: transparencia no significa escrache. Transparencia es aplicar la norma, informar lo que corresponde y rendir cuentas. Escrache es exponer, señalar y viralizar situaciones que la ley manda a tratar con reserva.
La ética pública no se mide por cuán rápido se publica una imagen, sino por cuán fielmente se respetan los derechos. Sancionar una falta no habilita a humillar. Cumplir la ley no autoriza a perder humanidad.
En definitiva, lo que está en juego no son solo procedimientos de tránsito. Está en juego la credibilidad del Estado. Porque sin respeto por la privacidad, sin reserva y sin reglas claras, la función pública pierde legitimidad y los derechos de todos quedan en riesgo.
Comentarios potenciados por CComment