Beneficios para las empresas de frontera /
BPS explicó las nuevas medidas para Salto
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Por Pedro Rodríguez
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En la tarde de ayer se realizó en el Centro Comercial e Industrial de Salto un taller informativo sobre las nuevas medidas para la frontera entre Uruguay y Argentina. La actividad estuvo a cargo de representantes de la Dirección Nacional de Aduanas y del Banco de Previsión Social (BPS), quienes explicaron los alcances del nuevo régimen de comercio de frontera y los beneficios que tendrán determinadas empresas de la región. La instancia permitió aclarar dudas de comerciantes y empresarios sobre la normativa que comenzó a aplicarse recientemente y que busca fortalecer la actividad económica en las zonas fronterizas.
UNA LEY QUE BUSCA APOYAR AL COMERCIO FRONTERIZO
Durante la exposición, representantes del BPS explicaron que el nuevo régimen surge a partir de la Ley 20.419 de Comercio Fronterizo, vigente desde agosto de 2025. Inicialmente la reglamentación alcanzó a las fronteras con Brasil mediante el Decreto 236 de 2025. Posteriormente, a través del Decreto 184 de 2026, se incorporaron las fronteras con Argentina, comenzando a aplicarse desde el pasado 1º de mayo.
EXONERACIÓN DEL 75% EN LOS APORTES PATRONALES
Uno de los aspectos más importantes anunciados durante el encuentro es la exoneración del 75% de los aportes patronales correspondientes a nuevos trabajadores contratados por las empresas que cumplan con los requisitos establecidos. Desde el BPS aclararon que el beneficio alcanza únicamente a nuevas incorporaciones y no a trabajadores que ya formen parte de la plantilla de la empresa. Además, se controlará la cantidad de empleados que tenía la empresa en el semestre anterior a la entrada en vigencia de la normativa. El objetivo es evitar que se sustituyan trabajadores para acceder al beneficio. Como ejemplo, se explicó que si una empresa tenía cinco trabajadores, despide a dos y luego contrata a otros dos, no podrá acceder a la exoneración porque no aumentó su plantilla. En cambio, si contrata más personal del que tenía anteriormente, el beneficio se aplicará únicamente a los nuevos puestos generados.
¿QUÉ EMPRESAS PODRÁN ACCEDER?
Las autoridades señalaron que el beneficio está dirigido a empresas que desarrollen actividades comprendidas dentro de determinados rubros definidos por la normativa. La Dirección General Impositiva (DGI) es la encargada de identificar los giros habilitados y comunicar esa información al BPS, organismo que posteriormente asignará de forma automática las exoneraciones correspondientes. Las empresas beneficiadas recibirán la notificación a través de los canales electrónicos oficiales.
SALTO DENTRO DEL ÁREA DE COBERTURA
Otro de los puntos destacados fue el alcance territorial de la medida. El régimen está dirigido a empresas ubicadas dentro de un radio de hasta 60 kilómetros de los pasos fronterizos con Argentina. En el caso de Salto, podrán acceder aquellas empresas que desarrollen su actividad dentro de esa franja geográfica y que además cumplan con las condiciones establecidas por la ley y los decretos reglamentarios.