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 El doctor Gabriel Rodríguez, jefe del área jurídica de la Intendencia de Salto, analizó en entrevista con La Prensa la situación generada tras la resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) sobre la designación del ingeniero Juan Manuel Teixeira como director de Obras de la comuna salteña. La polémica surgió luego de que la JUTEP considerara incompatible el nombramiento, al tratarse del hijo del secretario general de la Intendencia, contador Walter Teixeira Núñez, utilizando además términos como “nepotismo” y “corrupción”. La Intendencia presentó recursos tanto ante la propia JUTEP como ante el Ministerio de Educación y Cultura.

“No cambia nada jurídicamente”

Consultado sobre la nueva resolución del organismo, Rodríguez sostuvo que el reciente pronunciamiento “es ratificatorio” de la resolución emitida en octubre del año pasado. “Jurídicamente no cambia nada. La JUTEP simplemente ratifica sus dichos y mantiene su postura señalando que este gobierno actuó de manera equivocada”, expresó. El jerarca jurídico insistió en que las resoluciones de la JUTEP “no tienen efectos prácticos ni vinculantes”, aclarando que se trata únicamente de la opinión de un órgano asesor.“Ninguna resolución de la JUTEP tiene aplicabilidad inmediata ni posterior en el tiempo”, afirmó.

“Son términos muy graves”

Rodríguez cuestionó además la utilización de expresiones como “corrupción” o “nepotismo”, señalando que se trata de términos “muy gruesos y muy graves”. Explicó que esos conceptos no figuraban originalmente en el informe técnico elaborado por la asesoría letrada de la JUTEP, sino que fueron incorporados posteriormente por los integrantes del organismo que votaron la resolución. También recordó que, al momento de emitirse el primer fallo, la JUTEP no contaba con su integración completa, ya que faltaba la designación del vocal previsto por ley. “A nuestro entender, la JUTEP se extralimitó bastante fuera de su área de competencia y aplicó un procedimiento incorrecto”, sostuvo.

La posición de tercer miembro de la JUTEP Luis Calabria

Rodríguez destacó especialmente la postura del doctor Luis Calabria, actual vocal de la JUTEP, quien expresó discrepancias con la resolución. Según indicó, Calabria sostuvo que los informes técnicos no configuraban corrupción y que las restricciones por parentesco no necesariamente alcanzan a cargos políticos o de particular confianza. 

El abogado cuestionó además que la JUTEP resolviera no hacer público el voto discorde del vocal

“Se cercena la posibilidad de que la población conozca qué opina el integrante que no está de acuerdo con esta resolución”, afirmó.

“La designación corresponde al intendente”

Respecto al argumento central de la defensa de la Intendencia, Rodríguez señaló que la Constitución otorga al intendente facultades plenas para designar cargos de particular confianza. “La designación es del intendente, no del secretario general”, enfatizó. Añadió además que el secretario general no posee atribuciones legales para nombrar funcionarios y negó que exista una relación jerárquica entre el secretario general y el director de Obras. “Nunca hubo ni hay dependencia jerárquica del secretario general sobre el director de Obras”, concluyó.

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