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El caso ocurrió en un ámbito familiar y una de las víctimas fue una menor de edad.  La Justicia de Tacuarembó condenó a una mujer por los delitos de violencia doméstica agravada y lesiones graves agravadas, tras un proceso abreviado llevado adelante por la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1.º turno. El fallo se conoció el 13 de enero de 2026 y está vinculado a un grave episodio de violencia ocurrido a comienzos del mes.

Según la información oficial, los hechos se desarrollaron en un contexto de convivencia familiar, luego de una discusión que fue subiendo de tono y terminó en agresiones físicas con el uso de un arma blanca. Como consecuencia de este ataque, dos personas resultaron lesionadas, una de ellas menor de edad, lo que agravó la situación judicial de la agresora.

Una víctima con riesgo de vida

La menor lesionada debió ser hospitalizada de urgencia e intervenida quirúrgicamente debido a la gravedad de las heridas sufridas. Los informes médicos confirmaron que existió peligro de vida y que el período de recuperación e inhabilitación fue superior a los veinte días, elementos que fueron determinantes al momento de dictar la condena. El segundo lesionado también recibió asistencia médica, aunque sus heridas no revistieron la misma gravedad que las de la menor.

Condena y régimen de cumplimiento

Tras el proceso judicial, la mujer fue condenada a 20 meses de prisión. La sentencia estableció que el primer mes deberá cumplirse de forma efectiva, mientras que los 19 meses restantes se cumplirán bajo un régimen de libertad a prueba, una modalidad que impone controles estrictos para evitar la reincidencia.

Medidas y condiciones impuestas

Además de la pena privativa de libertad, la Justicia dispuso una serie de medidas obligatorias que la condenada deberá cumplir durante el período de libertad a prueba. Entre ellas se encuentra la fijación de domicilio, la orientación y vigilancia por parte de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas (DINAMA) y la presentación periódica en la seccional policial correspondiente.

Asimismo, deberá realizar servicios comunitarios, tiene prohibido salir del país y no podrá comunicarse ni acercarse a las víctimas, manteniendo una distancia mínima de 500 metros.

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