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El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto dictó varias resoluciones. R.D.M.B. fue condenado por un delito de lesiones personales a tres meses de prisión, con descuento del tiempo de detención cumplido y las accesorias legales de rigor. J.C.A.G. recibió catorce meses de prisión por dos delitos de hurto especialmente agravados, violación de domicilio y hurto como cómplice, sustituidos por libertad a prueba. Por su parte. J.M.S.M.I. quedó bajo medidas cautelares por 120 días: fijar domicilio, prohibición de salir del país y de ingresar a supermercados locales, bajo apercibimiento de desacato.

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