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Ayer se celebraron los 194 años de la Jura de la Constitución de 1830. Es la ley fundamental de un Estado, tiene un rango superior a las leyes, es la síntesis jurídica de un pacto político que orienta nuestro accionar. Se complementa con leyes, que regulan las acciones de los diferentes actores y las relaciones entre los ciudadanos. No importa si nos gusta o no, las leyes están para cumplirlas. Tampoco son estáticos, porque tienen mecanismos para modificarlos. Por eso aparecen propuestas y lobbies tendientes a cambiarlas.

Estos días se hizo público que mediante el procedimiento abreviado fueron condenados el Intendente Caram, la diputada Dos Santos de Artigas, el ex secretario General y actual director de la Intendencia Rodolfo Caram y su esposa, porque reconocieron ante la justicia que habían cometido ilícitos, concretamente el pago cantidades siderales de horas extras en forma irregular a empleados de la Intendencia.

La desproporción de las penas y las consecuencias sobre la credibilidad en el sistema requiere otra columna. Por mal manejo de más de ocho millones de dólares de dineros públicos toca a los gobernantes unas pocas horas de trabajo comunitario, pero por ingresar a una cárcel unos gramos de marihuana (que se puede comprar en farmacias) se penan a mujeres con hijos menores con prisión efectiva.

De todas formas, es un hecho muy significativo que se condene al núcleo que maneja el poder del Ejecutivo departamental por estar involucrado en una maniobra, que más allá del nombre que jurídicamente tenga, es una asociación para delinquir.

Esto no termina ahí, porque el Intendente Caram no asume su responsabilidad y publica una carta en la que dice que fue engañado (la culpa siempre de los demás) y que vamo’arriba que acá no pasó nada y renuncia, no porque esté mal lo que hizo, sino para poder postularse a Diputado.

De la misma forma, la Diputada Dos Santos renunció para asumir como Intendenta; cosa que haría hoy, dos días después de ser condenada porque, según el fiscal “las resoluciones emanadas por la acusada no eran meras recomendaciones, asesoramientos, consejos, sugerencias o advertencias, sino que eran lisa y llanamente decisiones ejecutivas de relevancia, usurpando en consecuencia la función de intendenta”.

Y no se les mueve un pelo, no muestra un síntoma de arrepentimiento y lo que hace es renunciar al Partido Nacional. Como hizo Moreira, cuando fue acusado de cambiar pasantías por favores sexuales; renunció al partido, pero no dejó de ser candidato por ese mismo partido.

En este caso, según el Profesor Risso “el artículo 80 de la Constitución dice que la ciudadanía se suspende, entre otros casos, por ser condenado a prisión por sentencia firme, o sea, los condenados están suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía y no pueden ocupar, entre otros cargos, el de intendente. Esto es, hasta que cumplen la condena”; estaría inhabilitada para asumir.

Esperemos que así sea. Especialmente porque en la actividad política y porque los fines son el bien común y la defensa del interés general hay otro elemento que debe estar siempre presente y es la dimensión de lo ético. Hay que serlo y parecerlo. La ética, según el diccionario es el “conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida”.

Y en este caso (en otros ha sido igual) parece que no importa nada, ni las normas jurídicas ni las cuestiones éticas o morales ni el daño sobre la credibilidad en el sistema democrático republicano. No puede ser que se acepte una condena para poder seguir en la política, sirviéndose ellos y sus amigos del Estado sin un mínimo de arrepentimiento ni de vergüenza. En la política no vale cualquier cosa.

En definitiva, estos hechos nos interpelan a todos los ciudadanos; hasta por respeto a la Constitución y a quienes forjaron nuestra nación; dejémoslo claro: No todo da igual.

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