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Un tema clave que se nos viene junto a la elección nacional, nada menos, es el plebiscito de reforma del sistema de seguridad social. Por eso estamos aportando muchos datos, mucha información, en la mayoría solo datos, aunque se mezcla con opinión de quienes impulsan la reforma y quienes no la quieren como forma de ilustrar al lector para que luego decida sobre más bases, sobre más datos.

 

Es que el domingo 27 de octubre la ciudadanía uruguaya deberá elegir sobre la propuesta de reforma constitucional que busca introducir algunos cambios vinculados a la seguridad social en la carta magna de Uruguay. El texto propuesto incluye, principalmente, el establecimiento de la edad para jubilarse a los 60 años, llevar las jubilaciones y pensiones mínimas al nivel del salario mínimo nacional y la eliminación, vía constitucional, de las disposiciones legales de la Ley 16.713 de setiembre de 1995, sobre la existencia de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP).

La iniciativa apunta a sustituir el contenido del artículo 67 de la Constitución, que refiere a las jubilaciones. El primer inciso plantea que la seguridad social “es un derecho humano fundamental, no susceptible de lucro”. El numeral 2 señala: “El sistema de Seguridad Social se organizará y gestionará exclusivamente a través del Estado y de personas públicas no estatales, quedando prohibidos los sistemas de ahorro individual con destino jubilatorio”.

 

Los defensores de la propuesta también señalan que el Parlamento será quien organice el fideicomiso que administrará los fondos provenientes del sistema mixto. En ese sentido, puntualizan que son proclives a que el Poder Legislativo establezca, en esa reglamentación del fideicomiso, que las personas con causal jubilatorio puedan retirar el 9% de sus ahorros, lo que ya sucede hoy en el sistema AFAP bajo ciertas condiciones.

El inciso 6 de la propuesta de la papeleta del Sí establece: “Ninguna jubilación, ni pensión podrá ser menor al valor del Salario Mínimo Nacional. Los ajustes de las jubilaciones y pensiones no podrán ser inferiores a la variación del índice medio de salarios y se efectuarán en las mismas oportunidades en que se establezcan ajustes o aumentos en las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central. El ajuste no podrá ser nunca inferior a cero”.

En el marco de la discusión entre quienes están a favor y en contra de la iniciativa, este es el punto en el que radican las diferencias sobre cuál es el valor de la financiación de esta reforma. Los detractores de la propuesta señalan que la papeleta del Sí establece que es cada jubilación o pensión la que tendrá el incremento hasta llegar al valor del salario mínimo nacional, mientras que aquellos que la promueven han señalado que se basan en la definición de salario mínimo y que la papeleta refiere a “persona” y no a cada prestación o jubilación.

Los que rechazan la propuesta marcan que el costo de financiar la reforma, basados en ese pensamiento de que el incremento es para cada jubilación y pensión, sería mayor a 1.000 millones de dólares por año. Es el cálculo que hizo el Banco de Previsión Social (BPS), el PC y los economistas identificados por el Frente Amplio que rechazan la iniciativa. Si bien puede haber diferencias entre los montos finales que expresan cada uno, todos coinciden en que el costo es elevado y que se encuentra por encima de los 1.000 millones de dólares por año.

Como respuesta a estos planteamientos, quienes apoyan y promueven la iniciativa apuntan que la papeleta deberá ser reglamentada basándose en una ley interpretativa, que deberá ser elaborada por el Parlamento, que en este punto es preciso que deje en claro que habla de aumentos por persona y no por jubilación o pensión. Esta postura se apoya en que la papeleta toma como guía la definición de salario mínimo nacional. En palabras de Sommaruga, en entrevista con el programa En perspectiva: “Es el ingreso mínimo indispensable para que una persona tenga acceso a los bienes y servicios fundamentales. La persona, la definición de salario mínimo está atada a la persona”.

Según los cálculos que han divulgado los promotores de la iniciativa, existen 300.000 jubilados y pensionistas que cobran prestaciones menores al salario mínimo. Los incrementos que establezca la papeleta supondrán, según esta visión, un costo de 460 millones de dólares por año. “Si cobra dos jubilaciones, una por la Caja de Profesionales y otra por el BPS, y su jubilación es mínima por el BPS, pero es de 80.000 por la Caja de Profesionales, a esa persona no le corresponde el aumento de la mínima”, dijo Sommaruga.

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