El derecho a conducir no debe ser rehén de la recaudación
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Por Leonardo Vinci
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joselopez99@adinet.com.uy
El sistema de tránsito en Uruguay ha alcanzado niveles de sofisticación administrativa que, si bien han contribuido a una mayor fiscalización, han generado distorsiones que exigen una revisión legislativa urgente. La práctica extendida de condicionar la expedición o renovación del Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC) a la inexistencia de deudas por concepto de multas o tributos constituye una extralimitación funcional que confunde dos órbitas estatales distintas: la seguridad vial y la recaudación fiscal.
La actual operatividad del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), vinculada al Registro Nacional de Conductores e Infractores, funciona como un muro infranqueable para miles de ciudadanos. Bajo este esquema, un individuo puede demostrar poseer la aptitud psicofísica necesaria y haber superado las pruebas de pericia exigidas, pero ver negado su derecho a obtener la licencia por mantener adeudos. Lo más grave es que, de mantenerse esta normativa, quien debe multas queda inhabilitado para conducir legalmente, lo cual constituye un verdadero dislate jurídico y práctico. Esta situación representa una clara vulneración de principios básicos de derecho administrativo. La habilitación para conducir no es una concesión graciosa, sino un reconocimiento público de una capacidad técnica demostrada. Convertir este documento en herramienta de coacción para el cobro de multas resulta éticamente cuestionable y jurídicamente discutible.
Las multas de tránsito poseen un carácter punitivo-pecuniario cuya finalidad es disuadir la conducta infractora. El Estado cuenta con mecanismos robustos —administrativos y judiciales— para gestionar la ejecución de estos créditos. No es necesario recurrir a la retención de documentos habilitantes para obligar al ciudadano a cumplir sus obligaciones financieras. Cuando la administración utiliza la libreta de conducir como un rehén, desnaturaliza su propia potestad sancionatoria, desplazando el eje de la seguridad pública hacia la eficiencia recaudatoria.
Más grave aún es la paradoja que esta situación genera en la seguridad vial. Al impedir que un ciudadano obtenga su licencia por una deuda económica, el Estado no fomenta la responsabilidad; empuja a un sector de la población a circular de forma irregular, sin documentación y careciendo de la cobertura que implica el cumplimiento de las normas. Una política pública de tránsito coherente debe priorizar que la mayor cantidad posible de conductores esté debidamente examinada y certificada. Al anteponer la recaudación a la habilitación, se pone en riesgo la seguridad de toda la comunidad.
Por ello, la propuesta legislativa que busca desvincular el trámite del permiso de conducir del estado de cuenta del ciudadano resulta indispensable. Un proyecto de ley que establezca, con carácter de orden público, la independencia absoluta entre ambos procesos, no busca condonar deudas ni amparar infractores. Garantiza que las inhabilitaciones impuestas por faltas graves —como la conducción bajo efectos del alcohol o estupefacientes— sigan vigentes, manteniendo intacta la capacidad del Estado para sancionar. Sin embargo, propone que las deudas pecuniarias se gestionen por los canales previstos en el derecho, protegiendo el derecho de todo ciudadano a ejercer una actividad para la cual ha demostrado estar capacitado.