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La exoneración del pago del impuesto a la contribución inmobiliaria urbana para las casas más modestas sería una expresión genuina de solidaridad que contribuiría a aliviar la carga económica de las familias de bajos recursos. Esa medida fiscal estaría dirigida a aquellas viviendas que se encuentran por debajo de un valor catastral determinado, es decir, a las casas de menor valor económico, que generalmente son las más vulnerables y que por lo general son propiedad de jubilados y pensionistas que con enormes sacrificios pudieron construirlas o comprarlas tras una vida entera de trabajo.

Reducir la carga fiscal a las familias más necesitadas no va a alterar mayormente los ingresos municipales porque en un presupuesto varias veces millonario como el de la Intendencia de Salto, los aportes de estas propiedades, no moverá la aguja.

Lo cierto es que los jubilados o pensionistas con ingresos bajos, muchas veces pueden tener dificultades para pagar la Contribución Inmobiliaria, lo que podría traer aparejados otros problemas económicos adicionales.

Sin embargo, por lo general, son esos propietarios los primeros en ir a cumplir con las actuales obligaciones fiscales.

A través de esta exoneración, el próximo gobierno podrá demostrar que es posible instrumentar una distribución más justa de la carga tributaria, asegurando que los sectores más vulnerables no se vean desproporcionadamente afectados por impuestos que no pueden pagar.

Exonerar del pago de la Contribución Inmobiliaria a las casas más humildes, que sean el único bien de la familia, puede incentivar a los propietarios a mejorar dichas viviendas o a mantenerlas en buen estado, lo que puede tener beneficios para la sociedad en general.

Nada impide que el próximo gobierno pueda establecer requisitos específicos para acceder a este beneficio, como la necesidad de demostrar que se trata de una vivienda de jubilados o pensionistas de bajos ingresos o que el propietario sea una persona en estado de vulnerabilidad o que es el único bien de la familia.

Para no desincentivar la recaudación general necesaria para el funcionamiento de la Comuna, podría exigirse que las viviendas que se vieran beneficiadas con la medida de exoneración, estén al día con el pago de las obligaciones anteriores, así sea por medio de convenios de pago a largo plazo.

En los casos que enumeramos, debería buscarse que este tipo de medidas no solo alivien económicamente a las familias, sino que también contribuyan a una distribución más justa de los recursos y a la mejora de la calidad de vida en los barrios más humildes.

Naturalmente que no debe ignorarse la importancia de evaluar regularmente el impacto de estas exoneraciones para asegurar que realmente cumplan su objetivo sin generar efectos no deseados.

Creemos que vale la pena estudiar estas propuestas que beneficiarán a una franja de la población que realmente necesita que se implementen medidas de este tipo.

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