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El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto condenó a P.A.I. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones. La sentencia establece una pena de seis meses de prisión, con descuento del tiempo de detención ya cumplido, además de las accesorias legales correspondientes, según lo previsto en el artículo 105 literal E del Código Penal. Asimismo, el juzgado dispuso que el arma de fuego incautada sea remitida al Servicio de Material y Armamento del Ministerio de Defensa Nacional para su destrucción.

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