Responsables de boca en rancho
Como resultado del sorpresivo procedimiento, por un robo menor, que llevó a ubicar una “boca” de venta de pasta base, en un rancho semi escondido en baldío de la calle 8 de Octubre en su cuadra del 300, donde se incautó drogas y dos motos robadas, deteniéndose a tres masculinos, todo lo que se informó ayer.
Hoy, prensa de Jefatura de Policía, informó que tras la actuación de fiscalía, con toma de declaraciones a tres masculinos, dos mayores de edad y un menor de 15 años, en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Tumo de Salto, por Sentencia Interlocutoria, se dispuso lo que a continuación se transcribe: “ha lugar a la medida cautelar solicitada por fiscalía y en su mérito, de conformidad, se dispone la prisión preventiva de E.E.A.DS.F. por el plazo de 120 días. Asimismo se dispone: "Se tiene por formalizada la investigación seguida por Fiscalía Letrada Departamental de Salto de Cuarto Turno contra E.E.A.D.S.F. de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 266 del CPP a quien se le atribuye la presunta comisión de Un delito previsto en el art. 31 del Dec. Ley 14.294 en la redacción dada por la Ley 19.889, en la modalidad de tenencia no para consumo, con un delito de tráfico interno de armas y municiones y un delito de lesiones personales todos en régimen de reiteración real entre sí en calidad de autor."
Cómplice a libertad a prueba por 90 días
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, por Sentencia Interlocutoria del día de la fecha, se dispuso :"Atento a lo manifestado en la presente audiencia y a lo solicitado por la fiscalía respecto de L.E.E.F., y de conformidad con lo previsto por el artículo 222 del CPP se resuelve: Hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas durante el término de 90 días consistentes en: a) fijar domicilio ante la Sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal; c) presentarse a la autoridad policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia y d) la prohibición salir del país sin autorización previa. Dispónese el cese de detención del menor.
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