
Colectivo Reencuentro /
Responsabiliza al sistema penitenciario por muerte de interno salteño en ex COMCAR
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Por Pedro Rodríguez
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moviles@laprensa.com.uy

El homicidio de Julio Meseta de los Santos, un interno salteño de 40 años que cumplía condena por narcotráfico, volvió a poner en el centro de la discusión las condiciones y decisiones del sistema penitenciario uruguayo. El colectivo Reencuentro, que trabaja por los derechos de las personas privadas de libertad y sus familias, responsabilizó de forma directa al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) y a las autoridades de la Unidad N° 20 de Salto por la muerte del recluso.
Meseta había sido condenado a poco más de seis años de penitenciaría por un delito de narcotráfico. Tras cumplir un período inicial de su pena en el establecimiento penitenciario de Salto, fue trasladado al Complejo Carcelario N° 4 de Santiago Vázquez, conocido como ex COMCAR, donde permaneció durante más de un año y medio. Su condena estaba próxima a cumplir los dos tercios, con poco más de cuatro años pendientes. El trágico episodio ocurrió en el sector A2 del Módulo 10 del ex COMCAR, cuando Meseta fue atacado con un objeto punzante que le provocó heridas mortales. La Fiscalía ya identificó al presunto autor y, junto a otros internos, es objeto de investigación.
Muerte que no es aislada...
Para Colectivo Reencuentro, la muerte de Meseta no es un hecho aislado, sino la consecuencia de un sistema que vulnera derechos y desatiende normas legales vigentes. “Si el muchacho hubiese estado donde corresponde, pagando su pena en la Unidad 20 de Salto, y no hubiese sido trasladado, hoy no estaríamos lamentando este fallecimiento ni el sufrimiento de su familia”, señalaron en su declaración.
Ley 14.470
El colectivo remarcó que el interno formaba parte de sus gestiones de acercamiento familiar, un derecho consagrado en la Ley 14.470, que establece que las personas privadas de libertad deben cumplir su condena lo más cerca posible de su núcleo familiar. Según el grupo, el traslado a Montevideo implicó una doble afectación: primero, la ruptura del vínculo familiar y la dificultad de las visitas, y ahora, la pérdida definitiva de la vida del interno.
Unidad 20 y Junta de Traslados del INR
En sus declaraciones, Colectivo Reencuentro acusó al 100% a las autoridades responsables del traslado, señalando específicamente a la dirección de la Unidad 20 y a la Junta de Traslados del INR. “Estas gestiones vulneran derechos, torturan a las familias con viajes de cientos de kilómetros y, como en este caso, derivan en consecuencias irreversibles como la muerte”, expresaron.
No son recibidos por las autoridades
El colectivo también denunció una falta de escucha y diálogo por parte de las máximas autoridades. Recordaron que el pasado 14 de julio viajaron a Montevideo para reunirse con el ministro del Interior y la directora nacional del INR, Ana Juanche, pero no fueron recibidos. “Nos avisaron una semana antes que no iban a estar disponibles, justo el día que íbamos a la capital. Llevamos meses reclamando y no nos atienden”, sostuvieron.
"El sistema falla en todo..."
La indignación creció aún más cuando, tras el homicidio, la familia de Meseta debió asumir el costo y las gestiones para trasladar el cuerpo de Montevideo a Salto. “El sistema falla en todo: te llevan al familiar a 500 kilómetros, pierde la vida, te lo devuelven en una bolsa y encima la familia tiene que pagar por traerlo de vuelta, como si fueran culpables de las malas decisiones que toman las autoridades”, denunciaron.
Tragedia humana que se puede evitar
Para Colectivo Reencuentro, esta muerte se suma a una serie de vulneraciones que vienen denunciando desde hace meses: el incumplimiento del derecho al acercamiento familiar, el aislamiento geográfico de los internos y la sobrecarga económica y emocional sobre las familias. “Hoy la vulneración de derechos se convierte en una tragedia humana que podría haberse evitado”, subrayaron.
El caso de Julio Meseta abre nuevamente el debate sobre la política de traslados de personas privadas de libertad en Uruguay y sobre la responsabilidad estatal en garantizar no solo la seguridad y rehabilitación de los internos, sino también la preservación de su vida y el respeto a sus derechos humanos.
Datos clave
Ley 14.470 (Derecho de acercamiento familiar). Establece que las personas privadas de libertad deben cumplir su pena lo más cerca posible de su lugar de residencia y entorno familiar. Reconoce el vínculo familiar como un derecho fundamental para la rehabilitación y reinserción social. Obliga a la administración penitenciaria a priorizar el acercamiento familiar en traslados y asignaciones de plaza.
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