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En el marco de la jornada realizada el pasado jueves en la Estación Experimental “Dr. Mario A. Cassinoni” (Eemac) de Facultad de Agronomía, se entregaron los primeros precintos en el país, a productores habilitados para efectuar la faena artesanal en su predio. Dichos precintos son esenciales para el traslado de los animales faenados. Una vez finalizada la faena, el productor debe llevar la carcaza del animal a una sala continua para el oreado y posteriormente colocación en el freezer. Cuando el comprador llegue al predio, el responsable de la sala de faena deberá colocarle el precinto que autoriza su traslado. Si en el recorrido desde el predio a su casa, la persona que lleva el cordero, lechón, o conejo faenado es interceptado por un control policial, debe exhibir dicho precinto para corroborar que procede de un establecimiento autorizado.

Para el caso de las especies suina (lechones) y ovina (corderos) estará limitado el traslado a 3 canales o carcasas, en simultáneo. En todos los casos, el traslado deberá efectivizarse en un plazo no mayor a las 24 horas de la faena. El traslado del producto (canal o carcasa) de la faena de los animales con fines comerciales será realizado exclusivamente por el consumidor final. En el caso de autoconsumo o donación, el traslado podrá ser realizado por el propio productor o por un tercero, bajo su responsabilidad. En todos los casos, deberá ir acompañado del correspondiente comprobante que acredite su origen, especie, cantidad y fecha de faena.

A tener en cuenta

Es importante tener en cuenta que para ser productor familiar, se debe contar con certificado vigente; estar registrado en el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) o Registro Nacional de Productores de Animales de Granja (Rnpag); declaraciones juradas al día. Y realizar la explotación agropecuaria en un predio de hasta 150 hectáreas, índice Coneat 100.

Además, se debe completar el formulario de habilitación de instalaciones para faena artesanal predial, firmado por un profesional de libre ejercicio inscripto en el Registro Nacional de Profesionales Habilitados de la Dirección General de Granja, el que deberá refrendarse anualmente. Contar con carné de salud y carné de manipulador de alimentos de todas las personas que trabajen en las instalaciones de faena. Constancia de aprobación del curso de capacitación de buenas prácticas de faena artesanal predial, dictado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Y cumplir con las condiciones y requisitos de inocuidad, buenas prácticas y demás condiciones.

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