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El día primero de Julio de 2025 en Decreto Número 7.668/2025 la Junta Departamental de Salto aprobó la Revisión Parcial del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Salto y su Microrregión, con la aprobación de dicha Revisión se habilitó en la ciudad de Salto la creación de Urbanizaciones de Propiedad Horizontal (Barrios Privados).


Ello hizo que el perímetro urbano de la ciudad Salto creciera un 15%, esto implica además de el cobro de más contribuciones inmobiliarias, también el cobro de retorno de valorizaciones por parte de la Intendencia, figura creada por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, 18.308 en su artículo 46 y que prevé la devolución a la sociedad del plusvalor que se genera por el aumento del valor suelo, generado por la aprobación de instrumentos de ordenamiento territorial y que ademas está consagrada en el artículo 5 lit. “f ” de la misma ley cómo uno de los principios rectores del ordenamiento territorial.

Plusvalor

Entiéndase por plusvalor, al valor originado por causas extrínsecas al esfuerzo del propietario. Los encargados de devolverle a la sociedad parte del plusvalor generado, son los desarrolladores inmobiliarios, inversores o propietarios, y el encargado del cobro es la Intendencia. La forma de instrumentar este cobro, podría ser al momento de dar el permiso de construcción, sin perjuicio de hacerlo o empezar a hacerlo en etapa posterior y liquidando el mismo antes de dar el final de obras por parte de la Intendencia.

Mayor valor inmobiliario

El máximo a cobrar autorizado por ley es del 15% generado por mayor valor inmobiliario, para obtener este valor hay que tener en cuenta el valor del suelo previo a la aprobación de la Revisión y el valor del suelo después de la aprobación de la misma. También hay que tener en cuenta que hay que descontar el gasto de los desarrolladores inmobiliarios, inversores o propietarios en infraestructuras públicas incurrido para hacer viable ese mayor aprovechamiento.

Esta herramienta de gestión territorial

Es muy importante para los fines de equidad y justicia social, ya que su sentido es devolverle a la ciudad el retorno de las valorizaciones generadas por la aprobación de instrumentos de ordenamiento territorial que aumenten el valor del suelo, y que los beneficios por dicha aprobación sean distribuidos en otras zonas de la ciudad, en espacio público, en equipamientos sociales y en viviendas de interés general.

Éxito mundial

La implementación del cobro por mayores valorizaciones es exitosa a nivel mundial, están cómo ejemplos, Brasil, Colombia y España, y además a nivel nacional es un ingreso importante por parte de las Intendencias que lo han implementado, ya que ha significado hasta un 25% del valor total invertido en obras de carácter social.

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