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El pasado 4 de noviembre, a las 16:00 un llamado al Servicio 911 alertó a la policía sobre un conflicto vecinal en Avda. Saturnino Ribes al 1900. Un hombre de 30 años informó que un menor de edad, acompañado por una mujer, se presentó frente a su hogar y lo amenazó a él y a su familia. El denunciante, en proceso de recuperación médica, expresó temor por su seguridad y la de sus familiares.

La policía localizó al menor cerca de la vivienda del denunciante. Al revisar el Sistema de Gestión de Seguridad Pública, se comprobó que el joven tenía medidas cautelares que le prohibían acercarse a la propiedad y al denunciante. La Fiscalía de Turno ordenó la detención y traslado del menor, y posteriormente, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto emitió las siguientes medidas cautelares, en línea con el Artículo 222 del Nuevo Código de Proceso Penal (NCPP):

El menor deberá fijar un domicilio y no modificarlo sin notificar al tribunal. Tendrá prohibido salir del país sin previa autorización. Se le prohíbe acercarse y contactar a la víctima, manteniendo una distancia mínima de 500 metros. Estas medidas buscan garantizar la seguridad de la víctima y la supervisión del menor implicado.

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